El nuevo real decreto ley aprobado por el Consejo de Ministros en respuesta al inminente final del estado de alarma permite que las reuniones de órganos de gobierno y administración de sociedades, patronatos y cooperativas, así como las juntas, se reúnan por videoconferencia o de forma telefónica hasta final de año.
En el texto se incorportan todas las medidas de contención de la pandemia de COVID-19 una vez que la vuelta a los trabajos presenciales se generalice. Así, se impone a las empresas facilitar material higiénico a sus plantillas, garantizar la distancia entre empleados o mantener el teletrabajo como opción prioritaria.
El decreto, según la información del propio ministerio y de Cinco días, establece que el titular de la actividad económica o, en su caso, el director de los centros y entidades, deberá “adoptar medidas de ventilación, limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los centros de trabajo, con arreglo a los protocolos que se establezcan en cada caso”. En el caso de comercios, locales de restauración u hoteles, las reglas de aforo, distanciamiento e higiene serán impulsadas por cada gobierno regional.
A partir de ahí, el decreto expone que la empresa deberá “poner a disposición de los trabajadores agua y jabón, o geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida, autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos”.
En paralelo, las compañías deberán reordenar los puestos de trabajo y la organización de turnos, o el uso de lugares comunes, para garantizar una distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros entre trabajadores o proporcionar “equipos de protección adecuados al nivel de riesgo” adecuados a cada caso. Finalmente, las empresas deberán “adoptar medidas para evitar la coincidencia masiva de personas, tanto trabajadores como clientes o usuarios, en los centros de trabajo durante las franjas horarias de previsible mayor afluencia”. Esto incluye “la potenciación del uso del teletrabajo cuando por la naturaleza de la actividad sea posible” y acometer una “reincorporación progresiva” al trabajo presencial.
Por su parte, los trabajadores deberán informar inmediatamente a las autoridades sanitarias si comienzan a manifestar síntomas y “no deberán acudir a su centro de trabajo” si ya los tienen, han sido diagnosticados con Covid-19 o están en aislamiento domiciliario por haber estado en contacto con un contagiado.