El BOE ha publicado ha publicado la Ley Orgánica que regula el Sistema Universitario. En dicha Ley hay tres artículos con referencias importantes por primera vez a la Economía Social.
El artículo 2, sobre funciones del sistema universitario, afirma en su punto e) que son funciones de la universidad la contribución al bienestar social, al progreso económico y a la cohesión de la sociedad y del entorno territorial en que estén insertas, así como a la promoción de las lenguas oficiales de las mismas, “a través de la formación, la investigación, la transferencia e intercambio del conocimiento y la cultura del emprendimiento, tanto individual como colectiva, a partir de fórmulas societarias convencionales o de economía social”.
En el título IV, sobre Investigación y transferencia e intercambio del conocimiento, la ley afirma (artículo 11.4), que las universidades impulsarán estructuras de investigación y de transferencia e intercambio del conocimiento e innovación que faciliten la interdisciplinariedad y multidisciplinariedad. “De igual modo, la investigación universitaria podrá desarrollarse juntamente con otros organismos o Administraciones Públicas, así como con entidades y empresas públicas, privadas y de economía social”.
El art. 95, sobre el régimen jurídico de las universidades privadas, reconoce que estas “tendrán personalidad jurídica propia en cualquiera de las formas legalmente existentes, pudiendo ser entidades con ánimo de lucro o de carácter social, incluidas las sociedades cooperativas.