El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto ley de prórroga de ciertas medidas cuya vigencia finalizaría con el estado de alarma. Dos de ellas se refieren al ámbito de la Economía Social.
De esta manera, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021 la Medida extraordinaria para flexibilizar de forma temporal el uso del Fondo de Educación y Promoción de las cooperativas con la finalidad de paliar los efectos del COVID-19.
De manera excepcional, en el contexto de la pandemia, este fondo puede utilizarse como medida extraordinaria y temporal para paliar los efectos del COVID-19 y destinarse a cualquier actividad que redunde en ayudar a frenar la crisis sanitaria del Covid-19 o a paliar sus efectos, bien mediante acciones propias o bien mediante donaciones a otras entidades, públicas o privadas.
Este fondo será repuesto, hasta el importe que dicho Fondo tenía en el momento de adopción de la decisión de su aplicación excepcional, en un plazo máximo de 10 años.
El Fondo de Educación, Formación y Promoción se debe constituir de forma obligatoria por las cooperativas con la finalidad de que se apliquen a determinadas actividades que benefician a los socios, trabajadores y, en su caso, a la comunidad en general, pro lo que su dotación es un gasto para la cooperativa.
La dotación será de al menos el 5% del resultado cooperativo una vez deducidas las pérdidas de ejercicios anteriores y antes del Impuesto sobre Sociedades. Con la prórroga de esta medida, dicha cantidad puede destinarse a otras actividades con el fin de paliar los efectos del COVID.
La segunda medida afecta a las sociedades laborales y participadas. Se procede a prorrogar por 24 meses más el plazo de 36 meses contemplado en la letra b) del apartado 2 del artículo 1 de la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas para alcanzar el límite previsto en dicha letra.
Esta prórroga extraordinaria será aplicable a las sociedades laborales constituidas durante los años 2017, 2018 y 2019.