El Ministerio de Trabajo y Economía Social anima a las empresas a presentarse a la segunda convocatoria de ayudas del PERTE de la Economía Social y de los Cuidados, dotada con 80 millones de euros, enmarcadas en el Plan Integral de Impulso a la Economía Social 2024/25. El plazo para presentar las ayudas acaba el día 12 de este mes (un mes después al día siguiente de su publicación en el BOE, que se produjo el 11 de enero).
El objeto de esta orden es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para la realización de proyectos en materia de Economía Social para los años 2024-2025, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y dentro del PERTE de la Economía Social y de los Cuidados.
Las ayudas van dirigidas:
a) Proyectos de generación y mantenimiento del empleo de empresas viables que estén atravesando dificultades o sin relevo generacional actual o previsible, mediante su conversión en fórmulas empresariales de la Economía Social, gestionadas por sus trabajadoras y trabajadores.
b) Proyectos de creación y consolidación de entidades del tejido productivo de la economía social con carácter innovador, incidiendo en el relevo generacional y en el emprendimiento juvenil y femenino.
c) Proyectos trasformadores de apoyo a la modernización tecnológica de las empresas de la economía social mediante la creación de plataformas digitales, la automatización de procesos y el uso de herramientas tecnológicas con el fin de mejorar el bienestar de la ciudadanía, especialmente en las zonas rurales.
d )Proyectos de promoción de redes de cooperativas, sociedades laborales y otras fórmulas de economía social acompañada de medidas para ofrecer nuevos servicios integrales a la sociedad.
e) Proyectos de impulso de las transiciones sostenibles e inclusivas de empresas de la economía social y focalizada en la atención de colectivos en situación de vulnerabilidad.
La cuantía mínima de la subvención, por proyecto, no podrá ser inferior a 10.000 euros ni superar la cantidad de 3,5 millones de euros. Por otra parte, la cantidad máxima de subvención, por entidad, tendrá como límite máximo 7,5 millones de euros.
Podrán presentarse las universidades públicas y privadas, centros de investigación y las diferentes Administraciones de las CC. AA., entidades de la Administración local y el sector público institucional, cuando presenten un proyecto en agrupación con una entidad de la Economía Social y/o entidades representativas de las mismas.
Los gastos subvencionables han de cumplir los siguientes requisitos generales:
Los costes indirectos serán subvencionables hasta un importe máximo del 15% de los costes directos de la actuación, sin necesidad de aportar justificaciones de gasto.
El pago de la ayuda estará condicionado a que el Comisionado Especial para la Economía Social, tenga constancia de que la entidad beneficiaria cumple con los requisitos y de que acredite estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Se abonará por anticipado el 70% de la ayuda total concedida con la publicación de la resolución de concesión y, posteriormente, el 30% restante una vez justificada la ejecución de la totalidad del proyecto objeto de subvención.
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